Perú: BCRP cambia pagos y supervisa fintech
El BCRP habilitó pagos inmediatos con alias y fijó nuevas reglas para fintech, con capital mínimo, supervisión
El Banco Central de Reserva del Perú aprobó un nuevo marco para pagos inmediatos con alias y, en paralelo, endureció las reglas para las empresas que operan en el Sistema Nacional de Pagos. La combinación de ambas normas obliga a bancos, cajas, billeteras digitales y fintech a adaptar sus procesos, capital y controles.
El Banco Central de Reserva del Perú aprobó el nuevo Reglamento del Servicio de Pagos Inmediatos con Alias, una norma que habilita transferencias digitales usando identificadores como número de celular, DNI o códigos QR en lugar del número de cuenta bancaria. El esquema obliga a bancos, cajas y billeteras digitales a permitir envíos inmediatos con alias asociados a las cuentas, sin importar qué entidad financiera o aplicación use quien ordena o recibe el dinero.
Pagos con alias y QR
El reglamento define el alias como un identificador vinculado a una cuenta de fondos, que puede ser el número de celular, el DNI u otro mecanismo que el BCRP apruebe más adelante. La disposición fija un monto máximo de S/ 30.000 por transferencia inmediata realizada mediante alias o códigos QR, y el servicio operará las 24 horas del día durante todo el año. Cada proveedor, de todos modos, podrá establecer límites menores por razones de seguridad.
La norma de Pagos Inmediatos con Alias entrará en vigencia 60 días después de su oficialización. El alcance no se limita a los bancos: también incluye fintech, billeteras digitales, cajas y demás participantes del Sistema Nacional de Pagos, lo que amplía el perímetro regulatorio más allá de las entidades financieras tradicionales.
Más supervisión para el ecosistema de pagos
En paralelo, el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Pagos creó la figura de las Entidades de Servicios de Pago, o ESP, para las empresas que participan en sistemas de pagos o en acuerdos de pago prominentes en Perú. Bajo este esquema, las compañías que intervengan en un sistema de pagos o en un acuerdo prominente deberán obtener autorización del BCRP. Las que participen solo en acuerdos no prominentes deberán registrarse como ESP.
Ese registro o autorización viene con exigencias concretas. Las ESP deberán tener un capital social mínimo de S/ 600.000, además de un patrimonio neto acorde con el volumen de operaciones y reportes periódicos al BCRP. El proceso también exige demostrar la idoneidad de directivos y accionistas relevantes, presentar un plan de negocios con proyecciones financieras y adoptar políticas robustas de gestión integral de riesgos, continuidad operativa y protección al usuario.
El cronograma del banco central prevé que las entidades que necesitan autorización como ESP completen el proceso entre junio y diciembre de 2026, según el volumen de sus operaciones. Para las empresas fintech que solo debían registrarse como ESP, el plazo venció el 30 de junio de 2026.
Qué empresas quedan dentro y cuáles no
El reglamento excluye de esa obligación a las fintech dedicadas exclusivamente a préstamos, inversiones o crowdfunding, salvo que ofrezcan servicios de pago regulados o se conecten directamente al Sistema Nacional de Pagos supervisado por el BCRP.
Gestión estima que más de 50 fintech peruanas pasarían a ser supervisadas por el BCRP bajo la figura de Entidades de Servicios de Pago, un dato que muestra el alcance real del nuevo perímetro regulatorio en el ecosistema de pagos digitales.
Fuentes
- Bancos, cajas y financieras deberán permitir transferencias inmediatas con número de celular, DNI o QR tras nueva norma del BCRPrpp.pe· RPP Noticias
- Más de 50 fintech serían supervisadas por el BCRP, ¿pasarán la prueba de fuego?gestion.pe· Gestión
- Pagos instantáneos en Perú: BCRP dispone que todos los bancos acepten transferencias inmediatas con QR, DNI o celularinfobae.com· Infobae Perú



